Devolución de IVA: cómo se acredita, dónde y cómo identificarla

La devolución del 21% rige para compras de productos de la canasta básica y se verán reflejadas en la cuenta bancaria del beneficiario.

Devolución de IVA: cómo se acredita, dónde y cómo identificarla

Desde el lunes rige la devolución del IVA en la compra de productos de canasta básica con tarjetas de débito o códigos QR de billeteras virtuales. Para visualizar el reintegro se deberá tener en cuenta la hora de la compra y figurará en los movimientos con una leyenda determinada.

Cuándo se deposita el reintegro del IVA

El reintegro se deposita directamente en la cuenta bancaria del beneficiario. Si la compra se realizó entre las 00.00 y 17.00 horas, se verá reflejado en 24 horas; si se efectuó entre las 17.00 y 00.00, aparecerá a las 48 horas.

Cómo aparece el reintegro del IVA en el resumen de cuenta
En los resúmenes de la cuenta figura como “Reintegro programa Compre sin IVA».

El lunes se informó que la billetera digital Cuenta DNI (Banco Provincia) se suma al programa nacional Compre sin IVA.

Mercado Pago también confirmó que su billetera virtual participa de beneficio de la devolución del IVA cuando se pague con debito a través del código QR o los dispositivos de cobro de la aplicación.

Se podrá acceder al beneficio en los comercios registrados ante la AFIP.

Según la Resolución General 4.676/2023, la devolución del 21% del IVA en productos de la canasta básica tendrá un tope de devolución de $18.800.

Quiénes reciben la devolución del IVA

La medida incluye a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles ($708.000), y quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos ($524.758,56)

También podrán acceder a la devolución del IVA personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías, beneficiarios de la Tarjeta Alimentar y de las tarjetas emitidas del Programa Potenciar Trabajo.

No tendrán la devolución del IVA los trabajadores autónomos y quienes paguen Impuesto a los Bienes Personales, salvo quienes paguen el impuesto por la tenencia de un inmueble para vivienda única.

Para saber si se están incluido o no dentro de los beneficiarios, se debe realizar un simple procedimiento gratuito.

Productos incluidos en el reintegro del IVA

Están incluidos todos los productos de la canasta básica:

Pan
leche
galletitas de agua/dulces
arroz
harina de trigo y otras harinas
fideos
papa/batata/ hortalizas/frutas
azúcar
dulces
legumbres secas
hortalizas
frutas
carnes
menudencias
fiambres
huevos
queso
yogur
manteca
aceite
bebidas no alcohólicas
bebidas alcohólicas
sal fina
condimentos
vinagre
café
yerba .

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