La Junta Electoral rechazó la apertura de urnas en Pinamar, 25 de Mayo y General Alvear

Dado así por finalizado el escrutinio definitivo, la Junta Electoral proclamó ganadores a los candidatos de Juntos por el Cambio.

La Junta Electoral rechazó la apertura de urnas en Pinamar, 25 de Mayo y General Alvear

Los jueces Roberto Lemos Arias, Sergio Torres y Alejo Ramos Padilla, integrantes de la Junta Electoral Nacional por la provincia de Buenos Aires, rechazaron los pedidos de apertura de 37 urnas de Pinamar, 25 de Mayo y General Alvear realizado por Unión por la Patria y también la solicitud de una urna de 25 de Mayo efectuado por Juntos por el Cambio ya que no encontraron inconsistencias en las actas y certificados de escrutinio.

La Junta tomó esa resolución unánime tras una audiencia pública llevada a cabo en la sede del Juzgado Federal N°1 de La Plata para que las agrupaciones ratificaran o desistieran de sus pedidos de abrir urnas en esos municipios de la provincia.

Allí, los apoderados de UxP insistieron con el pedido de apertura de 37 urnas y JxC desistió de 10 y mantuvo el pedido de que se abriera una urna de 25 de Mayo.

El peronismo fundó la mayoría de sus pedidos de apertura en que, según su propio análisis, en aquellas se alteraba “la tendencia” de votos que habían obtenido en otras mesas de ese municipio.

En tanto, Juntos por el Cambio se opuso y señaló que el número de aperturas reclamadas era muy elevado en proporción al número total de urnas del distrito.

Desde el juzgado se indicó que al examinar las pautas para disponer la apertura de urnas, la Junta analizó el caso de los comicios en La Plata, en el que la fuerza política del candidato que había quedado en primer lugar en el recuento provisorio, Unión por la Patria, no presentó oposición a la apertura de 79 urnas que realizó la fuerza opositora, representada por el intendente actual -que se candidateaba a la reelección, Julio Garro.

En el escenario de Pinamar, General Alvear y 25 de Mayo, la agrupación que había ganado ajustadamente el recuento provisorio, Juntos por el Cambio, no aceptó la apertura de urnas que pretendía Unión por la Patria.

Por esa razón, la Junta Electoral analizó las actas de escrutinio de esas mesas sin detectar errores manifiestos o diferencias con los certificados de los fiscales partidarios que justifiquen la apertura de las urnas.

De ese modo la Junta Electoral concluyó que resultaba “improcedente hacer lugar al pedido de apertura de las urnas frente a actas de escrutinio sobre las que no existen dudas y ni siquiera han sido cuestionadas” y destacó que “únicamente en los casos en los que se comprueban evidentes defectos en dichas actas se acude a la apertura de las urnas con el fin de lograr reconstruir los resultados de la mesa de votación y evitar declarar su nulidad; todo ello con el objetivo de preservar la voluntad de los cientos de electores que emitieron allí su voto”.

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